Dani Alves, otra vez en problemas por caso de abuso sexual: nueva petición de la Fiscalía
A pesar de que el Tribunal Supremo había tomado la decisión de revocar la sentencia en contra Dani Alves, el panorama puede cambiar para el exfutbolista brasileño.
Dani Alves, exjugador brasileño, saliendo de un juicio, tras sus acusaciones por violación
La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo la absolución del futbolista Dani Alves
, en un escrito en el que reprocha a la sala que lo exculpó haber "condenado moralmente" a la víctima al "acusarla de mentir", mediante una interpretación "completamente cruel y arbitraria" de una prueba biológica clave.
En su escrito, el fiscal del Supremo Fidel Cadena censura al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que absolviera a Alves de la violación de una joven en Barcelona en diciembre de 2022, al cuestionar la credibilidad de la víctima -con el argumento de que entró voluntariamente con el futbolista en el baño donde ocurrieron los hechos-, e interpretar erróneamente una pericial biológica.
Para el fiscal, el hecho de que la joven accediera a entrar con Alves en el baño donde ocurrieron los hechos "no puede racionalmente interpretarse como una aceptación voluntaria de cualquier práctica sexual que ocurriese dentro. Sería retroceder siglos en la valoración del consentimiento", razona.
Dani Alves con su abogada.
LLUIS GENE/AFP
Un retroceso "de siglos"
" No es así, consiente solo en emborracharse", subraya el ministerio público, que cree que la sentencia del TSJC parece "recuperar el postulado medieval de que la mujer que consiente en embriagarse con un hombre consiente todo".
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Asimismo, la Fiscalía considera que el TSJC introdujo en su sentencia hechos nuevos "arbitrarios" que no incluía la de primera instancia -que condenó a Alves a cuatro años y medio de cárcel-, al considerar acreditado que la denunciante tenía restos de semen -esmegma- del acusado en la boca, lo que contradice su versión de que no practicó ninguna felación al futbolista.
Para el ministerio público, esa conclusión del TSJC -que fue clave en la absolución de Alves- es equivocada, dado que los informes periciales "dejan claro" que la presencia de ADN del acusado en la boca de la joven "puede deberse a besos, bebida compartida o contacto con células epiteliales distintas del pene", sin que se detectaran restos de esmegma.
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Según el fiscal, "la valoración de la prueba pericial, la anulación de la fiabilidad del testigo" y la introducción de la hipótesis de la felación "contra cualquier principio científico" es "completamente arbitraria y cruel para la joven, a la que se condena moralmente y se convierte en no fiable".
La sentencia, según el escrito, "acusa de mentir" a la joven con base en esa prueba biológica, lo que supone "una condena moral para ella, justamente la censura que temía cuando tuvieron que animarla para que denunciara el atropello sexual".